Novetats fiscals

A. LEY DE PRESUPUESTOS DEL ESTADO 2010

El Boletín Oficinal del Estado de 24 de diciembre de 2009 publicó la Ley 26/2009, de 23 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, las modificaciones más significativas son las siguientes:

1) IMPUESTO SOBRE LA RENTA ( I.R.P.F)

Rentas del ahorro:

Se elevan los tipos del gravamen del ahorro: Con efectos desde 01.01.10 y vigencia indefinida hasta 6.000 € al 19 % y el resto al 21 % (hasta ahora, todo tributaba al 18%.

Deducción general de 400€:
Se suprime, con carácter general, la deducción de hasta 400 €, por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas. No obstante, se mantiene para bases imponibles inferiores a 12.000 € anuales.
Retenciones y pagos a cuenta:
Todos los porcentajes de retención que actualmente eran del 18%, pasan al 19% con efectos desde 01.01.10.
Este nuevo tipo de retención, del 19%, afecta a los siguientes rendimientos:
• Rendimientos capital mobiliario (rendimientos financieros, dividendos, etc.).
• Ganancias patrimoniales de transmisiones o reembolso acciones.
• Rendimientos del capital inmobiliario (alquileres).
• Premios.
• Cesión de derecho de propiedad intelectual o industrial.
• Cesión de los derechos de imagen.
El porcentaje de pagos a cuenta sobre las ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva también pasa a ser el 19%.

No hay modificación en las rentas de actividades profesionales que mantienen la retención del 15%.

Igualmente no hay modificación respecto a los pagos fraccionados –mods. 130 y 131- y a las retenciones a tipo mínimo o a tipo fijo.

Mantenimiento y creación de empleo

Se introduce una reducción del rendimiento neto de las actividades económicas por mantenimiento o creación de empleo, para los periodos impositivos 2009, 2010 y 2011 consistente en una reducción del 20% del rendimiento neto positivo declarado.

El importe de la reducción así calculada no podrá ser superior al 50 % del importe de las retribuciones satisfechas en el ejercicio al conjunto de sus trabajadores.

Requisitos:

• El importe neto de la cifra de negocios para el conjunto de las actividades debe ser inferior a 5.000.000 €.

• Tener una plantilla media inferior a 25 empleados.

Vivienda habitual

Se confirma la deducción por vivienda habitual durante el año 2010, en los términos de la normativa actualmente en vigor. La nueva Ley de Economía Sostenible incluirá una redefinición de incentivos fiscales.

Prestaciones de desempleo – modalidad pago único.

Se eleva el limite de exención a 15.500€ (antes era de 12.020€).

2) IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LOS NO RESIDENTES ( I.R.N.R.)

Se modifica el porcentaje aplicable a contribuyentes no residentes sobre rentas del ahorro pasando a ser el 19%.

3) IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES ( I.S )

Mantenimiento y creación de empleo.

Se introduce un tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo aplicable a las PYMES (cifra de negocios inferior a 8 millones de euros) de aplicación a los ejercicios 2009, 2010 y 2011.

Para su aplicación es necesario que el importe neto de la cifra de negocios habida en dichos períodos sea inferior a 5.000.000€ y la plantilla media en los mismos también sea inferior a 25 empleados.

Tipo impositivo se reduce 5 puntos:

• Base imponible comprendida entre 0 y 120.202,41 € al 20 %.

• Por la parte de base imponible restante, al tipo del 25 %.

Coeficientes de actualización inmuebles.

Se actualizan los coeficientes aplicables a los activos inmobiliarios, que permite corregir la depreciación monetaria en los supuestos de transmisión.

Retención:

Se incrementa al 19% el porcentaje de retención por ingresos en concepto de arrendamientos.

Ley de Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario.

Se modifica el tipo de gravamen pasa a ser el 19%.

4) IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA)

Se modifican los tipos impositivos:

• El tipo general del 16% pasa al 18%.

• El tipo reducido del 7% pasa al 8%.

Los nuevos tipos tendrán efecto a partir del 1 de julio de 2010.

En la Ley de Presupuestos se establece que la Orden ministerial por la que se desarrollan para el año 2010 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de esta Ley.

5) IMPUESTOS LOCALES

Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Los valores catastrales se actualizaran mediante la aplicación del coeficiente 1,01 (1%).

6) OTRAS MODIFICACIONES.

Interés legal del dinero.

El interés legal del dinero para el 2010 se mantiene en el 4% (5,00% en 2007; 5,50 en 2008; 4% en 2009.

Interés de demora.

Para el ejercicio 2010 también se mantiene en el 5% (6,25% en 2007; 7% en 2008; 5% en 2009).

SALARIO MÍNIMO 2010.
El Real Decreto 2030/2009, de 30 de diciembre, fija el Salario Mínimo Interprofesional para 2010, en la cuantía de 633,30€/ mensual, lo que representa un incremento del 1,5%.

B. REFORMA DEL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES 2010

El 31 de diciembre la Generalitat publicó al D.O.C.G. la Ley 26/2009 de mesuras fiscales, financieras y administrativas. La modificación, sin duda, más esencial es la solicitada Reforma del Impuesto sobre Sucesiones.

1. Exenciones fijas

Todos los contribuyentes podrán aplicarse, de forma general, las reducciones siguientes:

Antes Ahora
Cónyuges 18.000€ 500.000€
Hijos 18.000€ 275.000€

Atención: en el caso de aplicación de la reducción para empresa familiar los importes de la reducción general se reducen a un 50%.

2. Exenciones variables

Adicionalmente, la nueva formulación del impuesto introduce deducciones adicionales para aquellos contribuyentes que, una vez se hayan aplicado las reducciones generales, aún estén sujetos a tributación. Así, para la cuantía que exceda la exención fija, los declarantes podrán deducirse un 50% de este exceso, con los máximos siguientes:

Antes Ahora
Cónyuges 0€ 150.000€
Hijos 0€ 125.000€

Atención: en el caso de aplicación de la reducción para empresa familiar esta reducción queda reducida en un 50%.

3. Deducción para vivienda habitual

No hay modificación y se mantienen las bonificaciones para la vivienda habitual. Este bien tendrá una reducción del 95%, hasta 500.000 euros.

4. Coeficientes multiplicadores por patrimonio preexistente

Afortunadamente se eliminan los coeficientes que grababan la existencia de patrimonio preexistente por parte del heredero.

No se eliminan los coeficientes multiplicadores, para las personas incluidas en los Grupos III - coef 1,5882 (hermanos y sobrinos) y Grupo IV – coef 2 (parentesco lejano o sin parentesco).

5. Tarifa

Se reduce y simplifica la tarifa: pasa de 16 tramos a 5, con un tipo mínimo del 7% y un máximo marginal del 32%.
NUEVA TARIFA

ahora de base liquidable (€) a base liquidable (€) tarifa (%)
0,00 50.000,00 7
50.000,00 150.000,00 11
150.000,00 400.000,00 17
400.000,00 800.000,00 24
800.000,00 en adelante 32

6. Plazos de aplicación

La reforma entrará en vigor de manera progresiva y las nuevas reducciones por parentesco se aplicaran en tres fases:

• Del 1 de enero del 2010 al 30 de junio del 2010 25%
• Del 1 de julio del 2010 al 30 de junio del 2011: 62,5%
• A partir de l’1 de julio del 2011: 100%