El Parlamento español ultima una reforma de la Seguridad Social que reconocerá la pensión de viudedad a las parejas de hecho. Alguno puede pensar que con ello terminan de equipararse las uniones estables con el matrimonio pero la verdad no es ésta, y de ello el siguiente consejo: si uno no quiere problemas, es mejor casarse.
Veamos algunos ejemplos prácticos:
1.Derecho Matrimonial: Los trámites judiciales para “liquidar” una pareja de hecho son más engorrosos que los previstos para la separación o el divorcio. La inseguridad jurídica y las sorpresas también.
EL DERECHO A SER EXPROPIADO
La esencia de la expropiación forzosa viene constituida por la privación singular de la propiedad privada, acordada imperativamente, por causa de utilidad pública o interés social.
La nota más destacada de la institución, desde el punto de vista del propietario particular afectado, es el carácter imperativo de la expropiación forzosa.
OTROSÍ DIGO: TRIBUNA DE DIVULGACIÓN
EMPRESA Y FAMILIA: ¡QUE NO MANDE MI HERMANO!
El Parlamento español ultima una reforma de la Seguridad Social que reconocerá la pensión de viudedad a las parejas de hecho. Alguno puede pensar que con ello terminan de equipararse las uniones estables con el matrimonio pero la verdad no es ésta, y de ello el siguiente consejo: si uno no quiere problemas, es mejor casarse.
Veamos algunos ejemplos prácticos:
1. Derecho Matrimonial: Los trámites judiciales para “liquidar” una pareja de hecho son más engorrosos que los previstos para la separación o el divorcio. La inseguridad jurídica y las sorpresas también.
LAS MINORÍAS Y EL DERECHO A LOS BENEFICIOS
Todos sabemos que es la junta general, como órgano soberano de las sociedades mercantiles, quien adopta por mayoría el pertinente acuerdo de reparto de beneficios a favor de los socios. Con ello el derecho abstracto a tales beneficios se concreta en el derecho al dividendo, una vez la junta general lo acuerda.
EL DICTAMEN PERICIAL DE ARQUITECTOS: LUCES Y SOMBRAS
Para mi es realmente un honor el que se me haya designado para pronunciar una conferencia, mejor dicho una charla, en este emotivo acto de homenaje a nuestro querido amigo AGUSTIN BORRELL que hace un año nos dejó.
Mi mérito es tan sólo el haber disfrutado de su amistad continuadamente desde que por allá a los años 50 éramos ambos alumnos de la misma clase en el colegio de los Jesuitas de Sarriá.
La nueva ley de renta, Ley 35/2006, incluye a través de una disposición transitoria la supresión del régimen especial de Sociedades Patrimoniales. A partir del 1 de enero de 2007 dichas sociedades, tan frecuentes en el régimen general del impuesto sobre sociedades, quedan sin ninguna especialidad ni ventaja.
Las Sociedades Patrimoniales (herederas del antiguo régimen de Transparencia Fiscal, que desapareció el 1 de enero del 2003) son aquellas en que concurrían las siguientes circunstancias:
Resenyes publicades en el butlletï oficial de l' homenatge a l' arquitecte i amic D.Agustín Borrell Calonge:
Mi relación de amistad con Agustín era profunda, antigua y muy sólida.
Ambos éramos alumnos del Colegio de los Jesuitas de Sarriá y habíamos coincidido en clase durante algunos años, pero fue en “Preu” cuando nos “descubrimos” mutuamente e iniciamos una gran relación que desde entonces se mantuvo durante casi 50 años hasta que desgraciadamente Agustín nos dejó.
EMPRESA Y FAMILIA: ¡QUE NO MANDE MI HERMANO!
El siguiente artículo pretende desarrollar una guía rápida de leer, que nos sirva como eje frente a una negociación y que podamos tenerla en alguno de los cajones de nuestra mesa para utilizarla e ir ampliándola en base a la experiencia.
En primer lugar, debemos tener claro que existen gran variedad de negociaciones y que cada uno de los diferentes tipos requerirá de una preparación, estudio y aptitud negociadora diferente, dependiendo a que nos estemos enfrentando. En cualquier caso, cada uno de los diferentes tipos de negociación tiene puntos en común que debemos conocer.